¿Sabías que quedarte sin batería en un coche eléctrico tiene multa?
Así lo recoge el artículo 90.1 del Reglamento General de Circulación de la Dirección General de Tráfico. ¡Atento!
¿Sabías que quedarte sin batería en un coche eléctrico tiene multa? Todavía son muchos los conductores que no dan el salto a la electrificación total debido a la ansiedad por la autonomía y es que ver que la autonomía del coche eléctrico se va reduciendo y no encuentras un sitio donde cargarlo es una sensación muy incómoda. Además de incómodo puede hacer que te duela el bolsillo ya que quedarte sin batería en el coche eléctrico tiene multa.
En realidad, el hecho es el mismo que quedarte tirado en la carretera por haberte quedado sin combustible. Lo que sucede que en el caso de los coches eléctricos, el riesgo es mucho mayor ya que, por el momento, no existe una infraestructura de carga potente y los vehículos no ofrecen cifras muy altas de autonomía.
¿Me pueden multar por quedarme sin batería en mi coche eléctrico?
El Reglamento General de Circulación no sanciona, directamente, por quedarte sin batería o sin combustible pero sí lo hace por situaciones derivadas de este incidente. En realidad, la multa no es por la falta de combustible o energía, el motivo de sanción es por haber estacionado el vehículo en un lugar indebido.
La Dirección General de Tráfico lo recoge así en el artículo 90.1 del Reglamento General de Circulación, «la parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta y dejando libre la parte transitable del arcén».
Esto quiere decir que si te paras o estacionas en la vía sin causa justificable como puede ser un accidente o una avería, puede ser motivo de sanción con una multa económica de hasta 200 euros. Además, el Artículo 3 de dicho reglamento también establece que «se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario».
Esto lo podemos traducir en el sentido que estamos hablando en que quedarte «tirado» en la vía, supone un alto riesgo para ti y para el resto de usuarios de la vía. De ahí la sanción de 200 euros. La cosa no queda aquí, y es que por quedarte tirado en medio de la carretera y no señalizarlo correctamente, mediante los triángulos de emergencia o la baliza V-16 y el chaleco reflectante, te pueden añadir una multa de 80 euros. Vamos que la «gracia» no es pequeña.
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