Aunque es un impuesto que se paga en toda España, son los ayuntamientos los que se encargan de gestionarlos y en cada ciudad puede ser muy diferente a otra
Cómo recuperar el Impuesto de Circulación IVTM si das de baja tu coche
El Impuesto de Circulación se paga cada año y grava el uso del vehículo en vía pública, aunque si el vehículo se da de baja se puede recuperar solicitándolo
Hace poco vimos en un articulo cómo saber si un coche está dado de baja. Es una información importante, porque no solo es lo que garantiza que ese vehículo está de baja y que podemos estar tranquilos en lo que respecta a su uso una vez fuera de nuestro control sino que además acredita que no tiene que pagar el Impuesto de Circulación. Pero esta tasa que regula el uso de vehículo en vía pública y que es obligatoria se paga una vez al año. Así que puede suceder que se haya pagado poco antes de dar el vehículo de baja. Pero tranquilo, porque la legislación permite recuperar la parte no disfrutada de este impuesto.
Qué es el Impuesto de Circulación
El Impuesto de Circulación es una tasa que devenga cada ayuntamiento, se paga una vez al año y grava a los vehículos que estén dados de alta en el Registro de la Dirección General de Tráfico. Este impuesto se ha de pagar con independencia de si el coche está activo o no lo está, así que todos los vehículos dados de alta han de cumplir con este requisito.
Pero aunque el pago se realiza una sola vez y por todo el año en curso, se calcula por trimestres, así que es posible recuperar parte de la tasa que se paga anualmente, solicitándolo al ayuntamiento correspondiente. De esta manera, si el vehículo se da de baja durante el segundo trimestre del año, por ejemplo, se puede pedir que devuelvan la cantidad que grava los dos últimos trimestres.
Pero para hacerlo es necesario que esa baja se produzca antes del primer día del trimestre cuyo importe se quiere recuperar. Si la baja se tramita, por ejemplo, el día 1 de junio, el tercer trimestre ya se considera como utilizado y no entrará en esa devolución de la tasa. Así que es mejor planificar bien la baja del vehículo y es mejor hacerla antes del final de trimestre en curso. Eso sí, si la baja se produce a partir del 1 de octubre ya no existirá la posibilidad de recibir esta devolución.
Qué se necesita para la devolución del Impuesto de Circulación?
Para poder recuperar la parte correspondiente del Impuesto de Circulación no disfrutado es necesario comunicar al ayuntamiento la baja del vehículo. Para ello es necesario contar con dos documentos que se generan tras el depósito del vehículo en el Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATv), o sea, el desguace. Estos dos documentos son:
- Certificado de Destrucción de Vehículo.
- Justificante de baja definitiva en la DGT.
Varios ayuntamientos ofrecen la posibilidad de solicitar esta devolución a través de internet, aunque otros se limitan a ofrecer el documento necesario para solicitarla en su web. Es importante saber cómo hacerlo y normalmente en la página web del ayuntamiento los pasos a seguir en cada caso. Con estos trámites, se puede recuperar la parte del Impuesto de Circulación no disfrutada del año en curso.
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