¿Quién paga los daños en un coche en caso de inundación?
En caso de inundación de un coche por causas o fenómenos meteorológicos, ¿quién cubre dichos daños? Analizamos las coberturas y requisitos del Consorcio de Compensación de Seguros y en qué casos indemniza, en que condiciones, plazo del pago y coberturas necesarias para cubrir los imprevistos en nuestros coches.
Estas semanas hemos visto que como cada otoño se producían inundaciones en diferentes partes de nuestro país, muchas veces resultando dañados vehículos. Es un tema muy recurrente, tras una inundación quién se hace cargo de indemnizar a los propietarios del coche, pero no está de más recordarlo.
Los seguros obligatorios tienen un límite a la hora de cubrir las diferentes contingencias, y normalmente los daños provocados por condiciones climatológicas adversas, inundaciones, vientos de más de 120 km/h y otros elementos, son cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (casi siempre), pero dependerá de si tienes cubiertos los daños propios en tu póliza del seguro o no.
¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?
Literalmente, y sacando el extracto de la propia ley, cubre los daños provocados por:
- Fenómenos de la naturaleza: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
- Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
- Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
En cuanto a los fenómenos de la naturaleza cabe matizar algunos detalles, las inundaciones incluyen los golpes de mar, aunque el coche no se ha haya inundado pero si haya sufrido daños (exteriores, por ejemplo) pero no cubre que entre agua en el coche sin más por unas lluvias torrenciales, es decir, siempre que se nos inunde el coche tiene que ser por agua que venga desde abajo. Concretamente:
«[…] Sin embargo, no quedan comprendidos bajo este concepto de inundación la lluvia caída directamente sobre el riesgo asegurado, o la recogida por su cubierta o azotea, su red de desagüe o sus patios, como tampoco la inundación ocasionada por rotura de presas, canales, alcantarillas, colectores y otros cauces subterráneos artificiales, salvo que la rotura se haya producido como consecuencia directa de evento extraordinario cubierto por el Consorcio.»
Ha desbordado un río y se me ha inundado el coche, ¿quién lo cubre?, ¿qué valor tendrá el coche?, ¿en que plazos se paga la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros?
Lo primero es hablar con nuestra compañía de seguros, normalmente en este tipo de accidentes provocados por fenómenos meteorológicos, no los cubren las aseguradoras sino el Consorcio de Compensación de Seguros. Pero para que los cubra hay que tener contratados los daños propios en el vehículo, es decir, una póliza que cubra lunas, incendio, robo o a todo riesgo, si sólo lo tenemos a terceros sin más el Consorcio no nos cubrirá.
El valor es un tema interesante, lo primero que hay que saber es que el Consorcio indemniza según lo acordado en la póliza del seguro, es decir, según lo que tuviéramos aseguradado y en esas condiciones. Es decir, si con tu compañía tienes pactado que hasta los 3 años el coche lo pagan al «valor de nuevo» en caso de siniestro, y queda siniestro por las causas cubiertas por el Consorcio, pues se respetará ese valor a la hora de indemnizar. De ahí también las diferencias a la hora de hablar de valor venal o valor de reposición (el segundo es más dinero, puesto que se entiende que es el valor del coche como si lo compráramos con las mismas características y antigüedad). El plazo máximo para pagar es de 90 días, es decir, tres meses.
Más info | Consorcio de Compensación de Seguros
Deja un comentario