Normativa y sanciones: lo que debes saber al conducir tu patinete eléctrico
Con la llegada del Black Friday mucha gente aprovecha la ocasión para sumarse a la movilidad eléctrica y obtener un patinete eléctrico, por eso es bueno conocer tanto la normativa como las sanciones que podemos acarrear
En un escenario donde la movilidad eléctrica se afianza como una alternativa sostenible, es esencial conocer las normativas que rigen la circulación de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Recientemente, se ha actualizado la información sobre las infracciones y sanciones asociadas, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y el respeto de los peatones en las zonas urbanas.
Circulación por aceras y zonas peatonales
En este sentido, puestos en relación los apartados, se concluye que está prohibida la circulación de toda clase de vehículos por las aceras y demás zonas peatonales, cabiendo la excepción de circulación por estas partes de las vías cuando se trate únicamente de monopatines, patines a aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona y conllevará una multa de 200 €.
Infracciones relativas a tasas de alcohol y presencia de drogas
“El conductor de un vehículo está obligado a someterse a las pruebas para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo”
Los casos de negativa a someterse a las pruebas serán denunciados como infracción con sanción de 500 o de 1.000 € según proceda, o caso de drogas con sanción de 1.000 €.
En el caso de que los conductores sometidos a las pruebas de detección de alcohol cogiendo como referencia la tasa general de 0,25 miligramos de alcohol por litro o presencia de drogas arrojen resultado positivo, procederá formular denuncia por infracción con sanción de 500 o de 1.000 € según proceda.
Teléfono móvil.
El Reglamento General de Circulación prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación por lo que procederá denuncia contra el conductor por infracción con sanción de 200 €.
No más de una persona en tu VMP
El Reglamento General de Circulación establece claramente que el número de personas transportadas en un VMP no puede superar la cantidad de plazas disponibles. Circular con dos o más personas en un patinete eléctrico resultará en una multa de 100 euros, promoviendo así una circulación más segura y eficiente.
Auriculares y elementos de protección
El uso de auriculares conectados a dispositivos de sonido mientras se conduce un VMP también está prohibido, con multas asociadas de 200 euros. Además, circular sin casco de protección constituye una infracción sancionada con 200 euros y la detracción de 3 puntos. Estas medidas buscan preservar la integridad física de los conductores y fomentar la cultura de seguridad en la movilidad urbana.
Visibilidad y seguridad nocturna
La circulación nocturna sin alumbrado operativo y sin prendas o elementos reflectantes que permitan ser vistos por otros conductores será sancionada con 200 euros. Esta medida, diseñada para situaciones de escasa visibilidad, busca garantizar que los usuarios de VMP adopten las precauciones necesarias para evitar situaciones de peligro.
Paradas y estacionamientos
Los usuarios de VMP deben adherirse al régimen de infracciones establecido en las normas sobre paradas y estacionamientos, según los artículos 90 y siguientes del Reglamento General de Circulación. Estas normativas, complementadas por las Ordenanzas municipales de movilidad, buscan mantener un flujo seguro y ordenado en las vías urbanas.
Menores de edad y sus responsables
En casos donde la infracción sea cometida por menores de edad, se aplicará el artículo 82.b) de la LTSV. Los padres, tutores o acogedores serán solidariamente responsables de la multa impuesta, promoviendo así una mayor supervisión y educación vial desde edades tempranas.
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