¿Me pueden multar si necesito gafas de ver y no las llevo mientras conduzco?
Sea estética, por descuido, por voluntad propia o por el motivo que sea, conducir sin llevar las necesarias medidas de corrección visual, puede ser sancionable
Partiendo de la lógica y de la coherencia, en aras de la seguridad propia y, sobre todo, de la de quienes comparten el entorno de quien se hace esta pregunta sobre si se debe conducir con gafas si se necesitan, la pregunta en sí sobra.
Pero lo cierto es que no son pocas personas las que conducen sin gafas o utilizando medio de corrección alternativas habiendo sido recogida esta condición en su permiso de conducir.
Esta exigencia queda reflejada a partir de la evaluación que los exámenes psicotécnicos hacen a cada aspirante a obtener la licencia o a cada conductor que renueva su carnet de conducir.
Una vez queda demostrada alguna limitación o distrofia ocular, la obligación de equiparse con las herramientas de corrección o protección de la visión quedan recogidas en la propia tarjeta personal e identificadora de cada conductor, es decir, en el la necesidad o no de llevar gafas aparece en el carnet.
Así, en el apartado correspondiente al código 12 de Corrección y protección de la visión y se presenta en la parte posterior del carné, allí pueden aparecer hasta 6 variables o subcódigos: del 01 al 06. Estas recogen diferentes medidas de corrección visuales como son, por este orden, la utilización de gafas, lentes de contacto, cristal del protección, lente opaca, recubrimiento del ojo o gafas o lentes de contacto.
Al quedar declarada como una necesidad, es obligatorio conducir con gafas o cualquier otro elemento de compensación visual cuando así haya sido requerido.
Por eso, es posible que, en caso de ser detenido por un agente de la autoridad, éste le cuestione la necesidad de portar gafas, lentillas u otros si en el carné de conducir así aparece.
La multa por conducir sin gafas asciende hasta 300 euros y, a pesar del riesgo que implica, no acarrea pérdida de puntos.
¿Qué ocurre si mi carnet es antiguo y ya no necesito gafas?
Las soluciones a las distintas distrofias oculares pueden solventarse mediante tratamientos médicos como es el uso del láser o la inserción de lentillas.
Estos procedimientos pueden suponer la liberación que conlleva no necesitar gafas para las rutinas de la vida diaria pero pueden suponer una situación de confrontación en caso de que, de nuevo, un agente de tráfico nos cuestione sobre la necesidad de conducir con gafas o equivalentes.
En caso de que en el carnet apareciera tal condición, una vez se hay procedido a la corrección visual, portar un certificado médico que demuestre tal hecho y, por ende, la anulación de esa exigencia de portar gafas mientras se conduce.
¿Es necesario llevar gafas de recambio en el coche?
Como ocurría, hasta hace poco, era necesario llevar un juego de bombillas de recambio. Dada la tecnología utilizada o bien la dificultad de acceso a las lámparas se hizo necesario modificar esta exigencia y modificarla como una sugerencia.
Algo similar a lo que ocurre respecto de las personas que necesitan gafas para conducir. Desde el año 1997, el Reglamento General de Conductores, recoge en su Anexo IV no exime de llevar un juego de correctores visuales dentro del coche.
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