Madrid, cuidado con las nuevas normas de movilidad en las zonas confinadas

Victor Alós Yus    @sepelaci    22 septiembre 2020     2 min.
Madrid, cuidado con las nuevas normas de movilidad en las zonas confinadas

La crisis de la COVID 19 sigue provocando que zonas del país tengan limitaciones de movilidad y en Madrid también se han aplicado, que pueden conllevar multas.

La crisis de la COVID 19 parece que no acaba nunca y se van produciendo nuevos confinamientos en determinadas zonas del país. En Madrid ha entrado en vigor una nueva etapa de la misma y hay 37 áreas sanitarias que quedan bajo confinamiento. Esto quiere decir que se han modificado las normas de movilidad y que hay que extremar las precauciones para controlar el tráfico en estas zonas.

La zonas con restricciones en la Comunidad de Madrid son 26 zonas metropolitanas y las localidades de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas. En ellas la movilidad está limitada al interior de la zona y solo se podrá salir de ellas bajo ciertos supuestos, como el salir a trabajar. Y esas limitaciones también afectan al tráfico y la movilidad con el coche.

Trafico Madrid

Usos autorizados del coche

El coche particular solo se puede utilizar desde ayer lunes en los siguientes supuestos:

  • Para ir y volver del trabajo o por motivos profesionales o laborales.
  • Para asistir a clases en colegios o universidades.
  • Para ayudar a personas dependientes o vulnerables.
  • Para realizar gestiones administrativas urgentes.
  • Para realizar un examen, oposición o similar.
  • Para acudir a un hospital o centro de salud.
  • Para acudir a un juzgado, banco, empresa de seguros, etc.
  • Por cualquier otra causa mayor que implique un desplazamiento.

La policía municipal de Madrid y de los pueblos afectados, junto con la Policía Nacional han instalado 60 puntos de control rotativos, que se encargarán de controlar los accesos a estos puntos restringidos. Durante las jornadas del lunes 21 y martes 22 de septiembre no multarán, pero a partir del miércoles 23 de septiembre se comenzarán a imponer las primeras multas. Estas tendrán un importe de entre 600 y 600.000 euros, así que es mejor cumplir con las normas y no arriesgarse.

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Hay que tener en cuenta que no se puede salir ni entrar en las zonas restringidas, aunque sí que se puede circular por ellas si el punto de origen y destino está fuera de ellas. También se puede circular sin problemas dentro de las zonas delimitadas, siempre y cuando no se salga de ellas. Los supuestos extraordinarios permiten salir y entrar de estas zonas, en transporte público y privado.

Para desplazarse hasta el lugar de trabajo sin problemas, la Comunidad de Madrid ha preparado un certificado que se puede descargar desde este enlace, que acredita que se puede salir de la zona delimitada sin problemas. La ausencia de este certificado puede suponer la imposición de una sanción, así que más vale llevarlo siempre encima en los desplazamientos. Por el momento, esta situación durará 15 días, a la espera de ver los resultados de las medidas tomadas.

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