Estos son los importantes cambios que se avecinan en las normas de tráfico que debes conocer

David Lopez    @espacionblanco    11 noviembre 2020     4 min.
Estos son los importantes cambios que se avecinan en las normas de tráfico que debes conocer

Así son las cambios aprobados en el Consejo de Ministros para la Ley de Tráfico, el Reglamento General de Circulación y en el Reglamento General de Vehículos

Este pasado martes ha habido Consejo de Ministros y, durante la celebración del mismo, el Gobierno de España ha aprobado una reforma tanto de la Ley de Tráfico como un real decreto que sirve para modificar el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos. Las modificaciones de estos dos últimos van centradas en reducir la siniestralidad en ciudad y regular la nueva movilidad urbana, mientras que la primera, siguiendo las recomendaciones de la OMS, pone las bases de un nuevo modelo de seguridad vial que rebaje los fallecidos y heridos graves en un 50% durante la próxima década.

Reforma de la Ley de Tráfico

Este anteproyecto para la reforma de la Ley de Tráfico afectará directamente a nuestros bolsillos en caso de incumplir las normas, con multas cuantiosas en varios casos, y que también podrán tocar nuestros puntos aumentándose los que podrán retirar en base a la normativa anterior. De todas maneras, los siguientes cambios todavía tienen que pasar el trámite parlamentario, pero es bueno que sepas que es lo que va a cambiar próximamente:

  • En caso de que estemos conduciendo sujetando el teléfono móvil se aumenta la retirada de puntos de 3 a 6 y, en caso de no llevar el cinturón de seguridad puesto, el casco o el sistema de retención infantil se aumenta de 3 a 4 puntos.

Telefono Movil Coche

  • Hasta ahora podíamos rebasar en 20 km/h el límite de velocidad de la vía por la que estamos circulando para poder adelantar, algo que ahora se suprime siguiendo la línea de otros países europeos que ya han adoptado esta medida. Esto quiere decir que, circulando en una vía convencional cuyo límite de velocidad es 90 km/h si tenemos un vehículo delante que circula a esa velocidad ya no podremos adelantarlo.
  • A partir de que la reforma entre en vigor se pasará a considerar infracción grave, lo que supone 500 euros de multa y retirada de tres puntos, el hecho de llevar instalado en el vehículo un dispositivo de detección de radar. Hasta ahora esto no se sancionaba, lo que permitía a los usuarios de estos dispositivos desactivarlos al ver un control vial y que los agentes de Tráfico no pudieran demostrar que realmente se estaba utilizando.
  • Se incluirá una nueva infracción considerada como muy grave, que es cometer fraude en el examen de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. Esto supondrá 500 euros de sanción y la imposibilidad de presentarse en el examen de conducir durante 6 meses.

Silla Infantil

Reforma del Reglamento General de Circulación

Estos cambios se centran en reducir la siniestralidad en ciudad, lo que afectará a los límites de velocidad en vías urbanas. Los cambios producidos en los límites no se harán efectivos hasta que no pasen seis meses desde la publicación del proyecto en el BOE. Los cambios realizados en este sentido son:

  • Velocidad máxima de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • Velocidad máxima de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido.
  • Velocidad máxima de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única, es decir, donde no exista acera.

Reforma del Reglamento General de Vehículos

Patinete Electrico

En los últimos años hemos asistido a un auge de nuevas formas de movilidad urbana, especialmente en lo que se refiere a los patinetes eléctricos, los cuales se lleva cerniendo sobre ellos un cambio respecto a su regulación. Los patinetes eléctricos, englobados dentro de los vehículos de movilidad personal, se definen como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos dentro de las siguientes normas:

  • Velocidad máxima comprendida entre los 6 y 25 km/h.
  • Queda prohibida la circulación a los que superen los 25 km/h.
  • Se prohíbe la circulación por aceras, zonas peatonales, túneles urbanos y autovías o autopistas que transcurran dentro de poblado.
  • Podrán ser sometidos a pruebas de alcoholemia y no podrán llevar auriculares puestos.
  • Tendrán que contar con un certificado de circulación que acredite que se cumplen los requisitos técnicos expuestos en un manual que todavía debe pasar la aprobación de la DGT y que, una vez sea aprobado, se permitirá un plazo de 24 meses para su aplicación.

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