¿Estás enfermo? Estas son las enfermedades con las que no puedes conducir

Victor Alós Yus    @sepelaci    5 enero 2022     3 min.
¿Estás enfermo? Estas son las enfermedades con las que no puedes conducir

La seguridad es muy importante y si se padece alguna de estas enfermedades o se ha sufrido alguna cirujía de las que se aparecen en esa lista, no debes conducir

La salud es fundamental para llevar una vida normal. Muchas enfermedades pueden ser perfectamente compatibles con el trabajo y la conducción, así que no revisten mayor problema. Antes de realizar las pruebas teóricas y prácticas para obtener el carnet de conducir se realiza un examen médico. Muchos no le dan la importancia que tiene en realidad este tema y lo ven como un simple trámite. Pero tiene mucha más repercusión de lo que creemos.

En este examen médico se puede valorar el estado de salud del futuro conductor y no solo en lo referente a la visión o a la capacidad de reacción. También se valoran las enfermedades que se padecen y que pueden influir en la conducción. Entre ellas, enfermedades psiquiátricas, oncológicas o de cualquier otro tipo y que ofrezcan un riesgo para la conducción.

Conducir Verano

Sanciones por ocultar enfermedades de riesgo

Ocultar enfermedades a la hora de realizar la inspecció médica puede traer consecuencias graves. Si se trata de la primera vez que se quiere obtener el carnet de conducir, la sanción por ocultar estas enfermedades incapacitantes puede llegar a los 6 000 euros. Si la Guardia Civil de Tráfico detecta esta enfermedad que no permite la conducción, puede multar y retirar el carnet de conducir de manera temporal o permanente, dependiendo de la gravedad de la situación.

La multa para un conductor que haya renovado el carnet de conducir sin declarar este tipo de enfermedades es de 200 euros, aunque puede serle retirado el carnet también.

Estas son las enfermedades que incapacitan para conducir y que se han de declarar a la hora de realizar el examen médico para obtener el carnet de conducir.

ENFERMEDADES PSIQUIÁTRICAS

  • Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
  • Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
  • Ansiedad y Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • TDH.
  • Trastorno obsesivo compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • Abuso y dependencia del alcohol.
  • Abuso y dependencia de drogas.

ENFERMEDADES ONCOLÓGICAS

  • Dolencias oncológicas: se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existe ningún impedimento médico.
  • Trastornos oncohematológicos: si no se padecen dolencias graves durante un periodo mínimo de tres meses, se puede renovar hasta un año.

ENFERMEDADES DIGESTIVAS

  • Trasplante renal: Después de seis meses desde la intervención se puede renovar el permiso, si no hay problemas derivados de la misma.
  • Nefropatía con diálisis: un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años.

ENFERMEDADES VASCULARES

  • Aneurisma de grandes vasos: solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no existe riesgo de rotura de vasos.
  • Disección: renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica.

ENFERMEDADES CRÓNICAS Y DEGENERATIVAS

  • Alzheimer.
  • Esclerosis lateral amiotrófica.
  • Temblor esencial.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Esclerosis múltiple.
  • Parkinson.
  • Distrofia muscular.
  • Osteoporosis.
  • Artritis reumatoide.

ENFERMEDADES ENDOCRINAS

  • Hipotiroidismo y paratiroides: solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años si existe un informe favorable.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente: se puede renovar por un espacio de entre 1 y 5 años si hay un informe que avale la capacidad de hacerlo.

Sabiendo esto, es mejor informar siempre de cualquier enfermedad incluida en esta lista que se padezca, ya que pueden causar riesgo de sufrir un accidente o de poner en peligro al resto de usuarios de la vía.

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