La DGT se endurece con los patinetes, a partir del 22 de enero deberán estar certificados para su uso
La DGT lanza un comunicado aprovechando la llegada del Black Friday en el que busca no solo regular sino también transformar la movilidad personal, fomentando la seguridad y la calidad en la circulación de los VMP
En medio de la fiebre consumista del Black Friday, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado un comunicado que podría cambiar la forma en que consideramos los regalos navideños este año. Aquellos que estén pensando en adquirir un patinete eléctrico deben tener en cuenta que, a partir del 22 de enero de 2024, solo se permitirá la comercialización de vehículos de movilidad personal (VMP) certificados.
La decisión, respaldada por el recién publicado Manual de Características de los Vehículos de Movilidad Personal, tiene como objetivo principal salvaguardar la seguridad vial y proteger tanto a los conductores como a los demás usuarios de la vía. Este enfoque proactivo también busca garantizar que los VMP en el mercado cumplan con estándares mínimos de calidad y durabilidad.
Para aquellos que estén considerando la compra de un VMP, la DGT recomienda consultar la página web oficial del organismo, donde se encuentran listadas las marcas y modelos que ya han sido certificados, asegurando así una compra respaldada por garantías. A partir del 22 de enero de 2027, solo podrán circular aquellos VMP certificados por las autoridades competentes.
El Manual de Características Técnicas de los VMP, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de enero de 2022, ha certificado numerosas marcas y modelos desde entonces, estableciendo estándares para diversos aspectos técnicos.
Características clave de los VMP certificados
- Velocidad y sistemas de seguridad: Los VMP certificados tendrán una velocidad máxima limitada a 25 km/h, con sistemas antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. Además, deberán contar con un indicador de información visible que muestre la velocidad y el nivel de batería.
- Sistema de frenado y visibilidad: Todos los VMP deben tener dos frenos independientes con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Asimismo, se requiere la presencia de catadióptricos frontales y traseros, y la luz de freno debe estar claramente diferenciada o combinada con la luz trasera.
- Avisadores y estabilización en aparcamiento: Un avisador acústico será obligatorio, y aquellos VMP destinados a servicios deberán contar con avisador de marcha atrás. Además, los VMP con menos de 3 ruedas deberán disponer de un sistema de estabilización al estacionarse.
- Ruedas y plegado seguro: Se establece un diámetro mínimo de 203,2 mm para las ruedas, con la prohibición de utilizar neumáticos lisos. Los VMP también deben contar con un sistema de plegado seguro.
- Identificación y otras características: Cada VMP debe tener un marcaje único y permanente con información sobre velocidad máxima, número de serie, número de certificado, año de construcción, marca y modelo. Además, se detallan características orientadas a la calidad, como integridad estructural y resistencia a la humedad.
¿Qué se considera un VMP?
El Reglamento General de Vehículos define un VMP como un vehículo de Movilidad Personal de una o más ruedas, con una sola plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos con baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada proporcionando al vehículo una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.
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