Aunque podamos sentirnos cómodos conduciendo con abrigo, gorros, bufandas o guantes, existe un riesgo que hay que tener en cuenta y puede conllevar multa.
¡Cuidado! Conducir con una baja médica puede conllevar una multa de 6.000 euros
Conducir con una baja médica que ha sido tramitada para que el paciente no realice esfuerzos, necesite reposo e impida la conducción puede acarrera una multa.
Las bajas médicas son algo bastante común en la rutina de cualquier persona. Puede ser debida a un simple resfriado, una gripe o a un accidente que haya provocado la rotura del hueso de un brazo o una pierna. En muchos casos, estar con una baja médica no es incompatible con la conducción, pero en muchos casos, sí que lo es. Y si un agente de la Guardia Civil de Tráfico o un policía municipal lo entiende así, la multa puede ser bastante cuantiosa.
Para comenzar, hay que pensar que si no se está en condiciones de cumplir con las obligaciones del trabajo, es porque hay alguna enfermedad o consecuencia de un accidente que incapacita a una persona. La persona encargada de determinar si la persona que está de baja médica puede conducir o no es el médico. Es su decisión la que marca la imposibilidad de conducir, así que hay que ceñirse a lo que el facultativo indique.
Hay enfermedades que resultan obvias y que impiden conducir. La rotura de un brazo o una pierna, la pérdida de visión, un episodio de gripe en la que se ha de estar en reposo… Pero hay otras que pueden conllevar una duda razonable. Se puede estar de baja a causa de un problema cardiovascular, por ejemplo. En este caso, en el que la enfermedad no permite sobreesfuerzos pero sí llevar una vida relatívamente normal.
Así que es el médico el que debe valorar lo que puede o no puede hacer la persona con baja médica. También depende de la medicación que se esté tomando. Muchos medicamentos provocan un embotamiento de los sentidos que incapacitan para conducir, así que durante el tratamiento no se podrá conducir.
Hay una lista considerable de enfermedades que impiden la conducción. Cualquier persona que ha sido diagnosticado con epilepsia, depresión o ansiedad, narcolepsia, patologías cardiovasculares como las arritmias, isquemias, hipertensión o la colocación de un marcapasos, apnea del sueño, vértigos o diabetes son algunas de las enfermedades que entrañan más peligro en carretera y que necesitan de la validación del profesional de la salud para poder conducir.
Si se padece una enfermedad crónica o neurodegenerativa, como el alzheimer o el parkinson, el médico podrá valorar la incidencia de la enfermedad y posiblemente permitirá la conducción en los primeros estadios de las misma. Es importante seguir las instrucciones del médico, ya que conducir con un informe desfavorable para la conducción conlleva una sustanciosa multa.
¿Cuál es la multa por conducir estando de baja?
La multa que puede conllevar conducir cuando se tiene un informe desfavorable del médico que ha tramitado la baja puede alcanzar los 6.000 euros. Así que es mejor evitar no solo el riesgo de llevarse esta multa, sino también no ponerse en riesgo y tampoco al resto de usuarios de la vía.
Deja un comentario