¿Sabías que existen cuatro motivos para que los agentes de la Guardia Civil de Tráfico te realicen un control de alcoholemia?
Conducir con alcohol: estas son las tasas máximas y las multas que se pueden imponer
Si vas a coger el coche, recuerda: nada de alcohol. Si tomas, es posible que te pongas en riesgo y que te sancionen en un control de alcoholemia de la DGT.
Hace ya bastante tiempo que no recordamos las tasas de alcohol con las que está prohibido conducir. Es algo que solemos dar por hecho porque sabemos que, cuando nos tenemos que poner al volante, no hay que consumir nada de alcohol. Pese a esto, no es raro encontrar a conductores que dan positivo en las pruebas de alcoholemia y que se llevan a casa una sanción. Esta es tanto monetaria como una sustracción de puntos del carnet.
Los límites máximos han ido bajando a lo largo de los años y ya quedan muy lejos los tiempos cuando se era bastante laxo en este sentido. Ahora llega el verano, el buen tiempo invita a salir y después de un año sin salir, es posible que descuidemos este detalle y nos encontremos con alguna sorpresa desagradable si nos hacen soplar en un control.
Tasas máximas de alcohol
Repetimos: nada de alcohol antes de ponerse al volante. Pero si cae una cerveza, posiblemente no se rebase el límite máximo permitido. Si has olvidado cuáles son esos límites, te vamos a hacer un breve repaso para refrescar la memoria y que no te encuentres con sorpresas estos meses en los que vamos a salir mucho.
- En general, para todos los conductores: la tasa máxima de alcohol permitida para conducir es de 0,25 milígramos por litro de aire espirado. En el caso que se realice una prueba en sangre, la cifra es de 0,5 gramos por litro.
- Conductores profesionales y noveles: En ambos casos el límite es de 0,15 miligramos por litro de aire espirado y en el caso de un análisis de sangre el límite se establece en 0,3 gramos por litros.
Cómo se realizan las pruebas
La primera prueba que se realiza es la del alcoholímetro que llevan los agentes de tráfico. Si el resultado es inferior a 0,25 miligramos por litro espirado, se podrá continuar la marcha. Si es superior, se puede realizar un segundo control pasados 10 minutos. Este segundo control se realiza en una furgoneta habilitada para ello. La capacidad de medición es muy fiable y suele acertar la cifra en todos los casos. Sin embargo, se puede solicitar un análisis de sangre para estar seguro del todo.
El análisis lo realizan laboratorios que colaboran con la DGT y son los más fiables. En caso de dar positivo (mas de 0,5 gramos por litro), el coste corre a cargo del infractor. Si es inferior, el coste lo asume la DGT. Por cierto, si la cantidad medida en la primera prueba es de 0,25 miligramos por litro de aire espirado, es decisión de los agentes dejar continuar al conductor o someterlo a la segunda prueba.
Multas aplicables
Hay varios tramos de sanciones, pero todas comienzan a partir de la tasa máxima de alcohol aplicable. Te recordamos las aplicables a los conductores en general, pero recuerda que en el caso de los conductores noveles y profesionales, las sanciones arrancan a partir de 0,15 mg/litro.
- De 0,26 a 0’50 mg/litro aire aspirado: En este caso la sanción económica es de 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet.
- De 0,51 a 0’60 mg/litro aire aspirado: La sanción económica asciende a 1.000 euros y los puntos sustraídos son seis.
- A partir de 0,60 mg/litro aire aspirado: A partir de esta cantidad ya pasa a ser delito penal. La pena es de 3 a 6 meses de cárcel, la aplicación de multas de 6 a 12 meses o la realización de trabajos comunitarios y la retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años.
Además de todo esto, hay que tener en cuenta que la reincidencia puede provocar penas y multas mayores, así que es mejor olvidarse del alcohol cuando se vaya a conducir y disfrutar de un trayecto sin sobresaltos, sin riesgos… y sin multas.
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