En esta época de Nueva Normalidad pasar la ITV sigue siendo indispensable, pero hay que tener en cuenta que hay nuevas normas que hay que seguir por seguridad.
Circular con la ITV caducada… ¿puedes hacerlo si tienes cita previa?
La ITV es obligatoria a partir de los primeros 4 años de antigüedad del coche, pero ¿podemos circular con la ITV caducada si tenemos cita previa días después?
La ITV es una obligación para todos los vehículos con más de cuatro años de antigüedad, así que hay que tener en cuenta que debemos tenerla siempre vigente. No se puede circular con el coche sin la ITV en regla, aunque ya sabemos que en estos momentos hay una serie de circunstancias que hacen que sea más complicado acceder a las estaciones de cada comunidad autónoma. Debido a la crisis de la COVID 19 se ha establecido nuevos plazos para pasar la inspección técnica de vehículos.
Pero esto son situaciones excepcionales y para saber cuando corresponde pasar la ITV hay que llamar a la estación habitual para conseguir cita. Y ahí llega una pregunta que nos hacemos todos cuando llega ese momento. Porque es posible que nos den cita para efectuar la revisión, pero que esa cita nos la den para unos días después de que caduque la que tenemos en vigor. Entonces ¿Podemos circular con el coche si tenemos la ITV caducada pero la cita previa la han dado para una fecha posterior?
Fecha de caducidad de la ITV
Si nos fijamos en la pegatina, vemos que figura un mes como fecha de caducidad. Pero la fecha que vale realmente es el día, mes y año que figura en la ficha de la ITV. Es decir, si caduca el 20 de septiembre, el día 21 de septiembre ya constará como ITV no válida. Y esto trae consecuencias, aunque sea por un mero descuido y no por no pasar la inspección técnica a conciencia.
Al no tener la ITV en vigor, si una patrulla de Guardia Civil de Tráfico o de la Policía Local realiza las comprobaciones habituales y detectan que está caducada, puede multar. De hecho, están obligados a hacerlo, ya que no se puede circular con la ITV caducada. Incluso si se tiene una cita previa para pasar la revisión, aunque sea al día siguiente.
Así que en estos casos hay que apelar al buen corazón del agente, para que no imponga la sanción y nos permita seguir conduciendo el vehículo esos días que quedan hasta que podamos pasar la ITV. Pero hay que recordar que no tiene obligación de «perdonar» una multa que asciende a 200 euros y que no conlleva la pérdida de puntos del carnet.
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