El 73% de los conductores españoles reconoce haber tomado decisiones incorrectas al volante debido a la confusión que la mala señalización les ha provocado.
Circular por el arcén ¿cuándo está permitido y cuándo no?
No está permitido circular por el arcén salvo excepciones. Es el caso de los vehículos de tracción animal, los vehículos especiales, bicicletas y ciclomotores.
¿Cuándo está permitido circular por el arcén? Esta pregunta se la hacen muchos usuarios a diario y es que según el Reglamento General de Circulación el arcén se define como la «franja longitudinal dibujada de forma paralela a la calzada, que la delimita y que no está destinada para el tránsito salvo en algunas excepciones».
Esto quiere decir que el arcén, como todos los conductores deben saber, es la vía paralela a la calzada por la que la circulación, por norma general, está prohibida. Si nos ceñimos a la normativa, no se puede circular por el arcén salvo muy pocas excepciones.
¿Cuándo está permitido circular por el arcén? ¿Qué vehículos pueden circular por el arcén?
Como se puede comprobar, los coches, furgonetas y motos no pueden circular por el arcén a no ser que se haya habilitado un carril adicional o se haya desviado la circulación por obras. Aún así, hay determinados vehículos que si pueden circular por el arcén y no por el carril principal.
Es el caso de los vehículos de tracción animal y vehículos especiales que no superen los 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada. Las bicicletas, los ciclomotores, los microcar, los vehículos de seguimiento de ciclistas y vehículos especiales para personas con discapacidad también pueden circular por el arcén.
Cabe destacar que se podrá circular por el arcén cuando los vehículos no excedan de 3.500 kilogramos que por razones de emergencia o avería ‘molesten’ a los demás conductores en la calzada. Éstos además, circularán a una velocidad reducida. Este tipo de vehículos, salvo bicicletas y ciclomotores, no podrán circular en paralelo. La Dirección General de Tráfico podrá sancionar a este tipo de vehículos especiales, siempre y cuando no cumplan con la obligatoriedad de circular por el arcén, con multas de hasta 200 euros.
Los peatones también pueden transitar el arcén
Siempre y cuando la calzada lo permita, los peatones podrán transitar el arcén. Es importante respetar el estado del mismo y que los conductores guarden la distancia de seguridad y mantengan una velocidad adecuada a la vía. Además, se recomienda a los peatones, que vayan a transitar el arcén de las vías, que deberán caminar en sentido contrario a la marcha y siempre bien señalizados con ropa reflectante.
¿Se puede parar en el arcén de una vía?
La respuesta es no y es que en los arcenes solo se puede circular en caso de emergencia o si se conduce uno de los vehículos especiales antes nombrados. Si se tiene que parar o estacionar por caso de avería, es obligatorio llevar el vehículo a una zona que no obstruya la circulación.
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