Los cambios de la normativa de tráfico trae más novedades y sanciones, como la prohibición de superar el límite de velocidad en los adelantamientos.
Todos los cambios de la nueva normativa de la DGT que entrará pronto en vigor
A partir del día 2 de enero de 2021 entrarán en vigor varios cambios importantes en la ley de tráfico y la DGT sancionará cosas que hasta ahora no eran delito.
En 2021 van a llegar muchos cambios en la normativa de tráfico, así que hay que estar bien informado acerca de todo lo que llegará pronto. No son reformas mínimas, sino que se trata de importantes cambios que tendrán serias repercusiones en la manera de circular. Estos cambios vendrán acompañados por sanciones más duras, así que hay que conocer bien todos los cambios para que no nos pillen por sorpresa y nos llevemos una desagradable sorpresa por no conocer bien la nueva ley.
El objetivo de estas nuevas medidas es el de reducir el número de accidentes un 50%, así que se busca reducir la velocidad y evitar situaciones de riesgo. Alguna de estas novedades entrarán en vigor a partir del día 2 de enero, aunque los cambios que afectan a la velocidad máxima en ciudad entrarán en vigor el día 10 de mayo. Con este plazo se pretende que todos los conductores conozcan el cambio y que los ayuntamientos puedan sustituir la señalización.
Circular sin cinturón, casco o sillita infantil
Actualmente circular en coche sin cinturón de seguridad, en moto o ciclomotor sin casco o llevar a los niños pequeños sin un sistema de retención infantil está terminantemente prohibido. Pero a partir de 2021 las sanciones por no usar estos sistemas de seguridad serán más importantes. Para comenzar, no utilizar estos elementos supondrá una sustracción de cuatro puntos del carnet de conducir en lugar de los tres actuales. Pero esto tardará un poco en llegar, ya que primero se tendra que aprobar el anteproyecto de ley que reforma la actual Ley de Tráfico -el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial-, así que todavía falta un poco para que se pueda hablar de esto.
Eso sí, a partir de ese momento se sancionará también el mal uso del cinturón de seguridad, el casco en la moto y el sistema de protección infantil. Esto supondrá la misma multa, así que hay que tener cuidado y utilizar todos estos elementos de manera correcta.
Uso del teléfono móvil
Si hoy en día debemos olvidarnos de manipular el teléfono móvil durante la conducción, a partir de enero tenemos que olvidarnos incluso de mirar la pantalla del dispositivo mientras esperamos, por ejemplo, en un semáforo. El uso del móvil se limitará a la consulta de rutas siempre y cuando esté en un soporte homologado. Si se detecta a un conductor mirando al móvil, puede llevarse una sanción considerable. Así que, ahora más que nunca, hay que olvidarse del móvil mientras se está al volante del coche porque puede costar 6 puntos del carnet de conducir.
Límite de velocidad en ciudad
En ciudad se reducirá el límite de velocidad considerablemente. En las zonas donde solo haya una plataforma por donde circulen coches y peatones el límite será de 20 km/h, mientras que en calles con un solo carril por sentido de circulación la velocidad máxima de 30 km/h. El límite de 50 km/h se mantendrá para calles con más de un carril por sentido de circulación. Los ayuntamientos podrán establecer el límite en 50 km/h en alguna calle específica, con la señalización pertinente.
Posesión de detectores de radar
Hoy no se puede utilizar un detector de radar, pero hay que tenerlo activo para ser susceptible de sanción. A partir de enero la sola tenencia de uno de estos dispositivos será suficiente para ser sancionado. La multa en este caso será de 500 euros, así que es mejor olvidarse de estos y ahorrarse sustos.
Adelantamientos
Es una de las reformas más polémicas de esta normativa. Hoy se puede superar hasta en 20 kilómetros el límite de velocidad de una vía secundaria (no autopista ni autovía) en el momento del adelantamiento. Pero a partir del 2 de enero, no se podrá rebasar bajo ningún concepto el límite. Esto supondrá una sanción de 100 euros sin sustracción de puntos en el primer tramo y se aplican las sanciones habituales en otras infracciones en las que se exceda la velocidad.
Recuperar los puntos
Cuando entre vigor la nueva reforma, se podrá recuperar dos puntos del carnet siguiendo un curso de conducción segura certificado por la DGT. Además, si transcurren dos años desde la pérdida de puntos, el conductor volverá a tener todos los puntos disponibles. En cuanto a los exámenes para obtener el carnet de conducir, si se detecta algún dispositivo de comunicación durante la prueba se recibirá una sanción de 500 euros y la prohibición de realizar el examen durante los siguientes seis meses.
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