Velocidad y multas: la DGT nos recuerda los excesos que pueden llevarte a la cárcel
La DGT pone en marcha una nueva campaña de control de la velocidad, y nos recuerda los casos en los que superar la velocidad máxima se cataloga como delito, lo que puede conllevar penas de cárcel.
La DGT pone en marcha una nueva campaña de control de la velocidad que comienza hoy, y que estará en vigor hasta el día 18 de agosto, coincidiendo con el puente de cuatro días debido a la festividad nacional el próximo día 15. Este tipo de festividades genera muchos desplazamientos en carreteras convencionales, pues los usuarios se desplazan a los pueblos para celebrar las fiestas patronales. Y en este tipo de carreteras es en los que la DGT va a incrementar la vigilancia.
La DGT asegura que los controles se llevarán a cabo en los tramos de mayor riesgo asociados a la velocidad y en los puntos con mayor índice de siniestralidad, siempre avisando a los conductores de la existencia de los controles y radares, mediante paneles o con señalización vertical específica si la vía no cuenta con paneles informativos.
La velocidad, segunda causa de accidentes de tráfico con víctimas
Conviene recordar que actualmente, según la DGT, la velocidad excesiva o inadecuada sigue siendo uno de los principales factores que aparece como causa de accidentes de tráfico con víctimas mortales. Es el segundo más importante, con un 22%, tras las distracciones –las hay de todo tipo, pero en su mayoría están causadas por el teléfono móvil– y por delante del alcohol.
Existe un estudio realizado por el International Transport Forum (ITF), denominado Velocidad y riesgo de accidente, que puedes consultar en PDF. Analiza los casos de diez países de la UE que han realizado cambios recientes en los límites de velocidad o los sistemas de control de los mismos.
Tras un denso PDF con datos muy completos, algunos bastante interesantes, se llega a la conclusión final de que la velocidad inadecuada es responsable del 20 al 30% de los accidentes fatales en carretera. El informe también confirma la fuerte relación entre la velocidad y el riesgo de choque, y que a mayor velocidad, mayor gravedad en el accidente. Dos conclusiones para las que, en principio, no parece que hagan falta grandes estudios…
En cualquier caso, conviene recordar que desde el pasado 29 de enero, la DGT unificó la velocidad genérica en las carreteras convencionales estableciendo el límite en 90 km/h. Según la DGT, en 2018 se produjeron en este tipo de vías el 75% de las víctimas mortales en accidentes de tráfico, de ellos el 38% por salidas de vía, y el 27% por colisiones frontales.
Estos son los excesos de velocidad que te pueden llevar a la cárcel
Teniendo en cuenta la limitación actual de 120 km/h en autopistas y autovías, de 90 km/h en carreteras secundarias y de 50 km/h en vías urbanas, las infracciones por incumplir estos límites de velocidad genérica máxima pueden calificarse desde graves a muy graves, con pérdidas de 2 a 6 puntos, como puedes ver en la siguiente tabla.
Cuando el exceso de velocidad supere en 60 km/h o más el establecido para una vía urbana, o en 80 km/h o más el de una vía interurbana, el Código Penal considera la infracción como delito. En este caso, se produce directamente la privación de conducir –retirada del carné– tanto vehículos a motor (coches y motos) como ciclomotores entre uno y tres años, aunque tengas saldo de puntos. Además, la sanción acarrea una pena de prisión que puede ir de tres a seis meses, una multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
El asistente de velocidad inteligente: obligatorio desde 2022
Respecto a las medidas que la Unión Europea está considerando para combatir los accidentes de tráfico debido a la velocidad, se encuentra la que obligará a todos los vehículos nuevos comercializados a partir de 2022 a incorporar el denominado Asistente de Velocidad Inteligente (ISA). Conectado al GPS y utilizando los datos de las cámaras de vídeo que leen las señales de velocidad, este sistema avisa al conductor si se supera el límite legal, y le ayuda a no superarlo controlando la respuesta al acelerador.
El conductor puede desactivar el sistema y dejarlo inactivo, o pisar el pedal del acelerador (a modo de “kick-down”, como en un cambio automático) para que no tenga en cuenta el aviso y la limitación de velocidad en un momento determinado.
También ha habido fabricantes que han anunciado la limitación de velocidad de sus coches. Por ejemplo, Volvo ha anunciado que limitará la velocidad maxima de sus coches a 180 km/h partir de 2020.
¿Y si me multan por exceso de velocidad fuera de España?
Recuerda que, si viajas fuera de España, los excesos de velocidad también están perseguidos… y penalizados. La Unión Europea incluyó la velocidad como una infracción a perseguir en la Directiva Transfronteriza. ¿Qué significa esto? Pues que si superas los límites de velocidad establecidos en cualquier país de la UE, recibirás la correspondiente multa en tu domicilio.
En España, por ejemplo, de todas las denuncias por exceso de velocidad con la intervención de radares en las que no se detuvo al conductor el pasado año, 170.475 correspondieron a vehículos con matrícula de otros estados de la UE, lo que supone un 7,3% del total de denuncias de este tipo.
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