¿Me pueden multar por no llevar el recibo del seguro?
El seguro es obligatorio en el automóvil pero de un tiempo a esta parte, no es necesario llevar en el coche el recibo del seguro.
¿Me pueden multar por no llevar el recibo del seguro en el coche? Seguro que esta pregunta ha rondado tu cabeza alguna que otra vez pero hoy te vamos a sacar de dudas. Como debes saber, es obligatorio asegurar todos los vehículos a motor; al menos, con la cobertura de responsabilidad civil. Hasta hace relativamente poco tiempo, era obligatorio llevar en el vehículo el justificante de pago del seguro y verificar así, que el automóvil contara con seguro.
En la actualidad ya no es necesario llevar el justificante de pago del seguro en el coche, pero no por ello el vehículo no debe estar asegurado. El seguro sí es obligatorio pero los agentes de la autoridad ya no necesitan el justificante del pago, ya que pueden comprobarlo con una consulta rápida al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, FIVA. Este sistema informático está gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros.
No obstante, a pesar de no ser obligatorio, es muy recomendable llevar el documento que justifique el pago del seguro para agilizar trámites.
¿Qué documentación se debe llevar obligatoriamente en el automóvil?
Aunque el justificante del pago del seguro del vehículo no sea obligatorio, hay documentación que sí que se debe llevar de forma obligatoria. Además, ésta debe estar al día y al corriente de pago.
Permiso de circulación. En este documento figuran los datos técnicos del vehículo y los datos personales de su propietario. En su defecto, se deberá portar una autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico.
Tarjeta y pegatina de la ITV. La tarjeta de la inspección técnica también es un documento que se debe portar en el automóvil. Además, el adhesivo de la ITV deberá estar colocado en la esquina superior izquierda del parabrisas.
Permiso de conducir. El conductor deberá llevar consigo el permiso de conducir. Además, deberá adecuarse al vehículo que se conduce en dicho momento.
¿A qué multas me enfreno por no llevar la documentación obligatoria?
Si por el contrario no se lleva en el coche alguno de los documentos obligatorios, el conductor se expone a una serie de multas. Si se circula con la ITV caducada, el conductor puede percibir una multa de hasta 200 euros. Si el adhesivo no se lleva en un lugar visible, la sanción es de 10 euros. La misma cantidad se impondrá si se conduce sin el permiso de circulación.
Si es el vehículo el que no posee el permiso de circulación, la multa asciende hasta los 500 euros. La multa por conducir sin llevar el carné encima son 10 euros. Si el carné está caducado la multa es de 80 euros. Por conducir sin permiso de conducir la multa asciende a 500 euros y 4 puntos.
Ya que estamos hablando de papeles y multas, la multa por conducir sin seguro de coche puede oscilar entre 601 y 3.005 euros, y supone la inmovilización inmediata del vehículo.
¿Se debe llevar la documentación original?
En España se aceptan fotocopias compulsadas debidamente por organismos oficiales. Pero fuera de España es necesario llevar la documentación original. Cabe destacar que, si circulas por la Unión Europea, además de la documentación indicada deben llevar los documentos exigidos por el país en cuestión, como el permiso de conducir internacional que se encarga de expedirlo la Jefatura de Tráfico correspondiente, conocido como Carta Verde, y el adhesivo de identificación del vehículo.
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