La Guardia Civil tendrá acceso al registro telefónico de los implicados en accidentes
Guardia Civil o Policías locales y autonómicas, tendrán acceso al registro telefónico de las personas involucradas en accidentes de tráfico
Los propios agentes no podrán mirar el teléfono en el momento del accidente. En caso de tener alguna sospecha y bajo la autorización judicial competente, podrán solicitar el informe a la compañía telefónica.
Es una de las nuevas medidas propuestas por el fiscal del Tribunal Supremo y coordinador de seguridad vial, Bartolomé Vargas, a la jefatura de Tráfico, Guardia Civil y policías locales y autonómicas.
Normativa «embargo» telefónico
Esta decisión tiene amparo en la circular número 2/2019 emitida por la Fiscalía General del Estado recientemente. En ella, se redacta una normativa sobre interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas.
Sin embargo, desde la Guardia Civil anunciaban el pasado jueves esta medida, con la que se pretende averiguar si el accidente fue causado por el uso del teléfono. Acabando así, con la impunidad de los infractores que se salvaban por la imposibilidad de acreditar el hecho.
De todas formas, esta medida no pretende analizar el contenido de las llamadas, sino solo los datos técnicos de emisión y recepción. Acceder al contenido de dichas llamadas podría incumplir el derecho a la intimidad.
Proceso de acceso al registro telefónico
A la hora de acceder al registro telefónico de una persona, los agentes deberán solicitar al juez que remita el atestado al juzgado para que se haga cargo. El mismo juzgado será el encargado de contactar con la compañía telefónica.
Asimismo, esta será la encargada de aportar a las diligencias judiciales un informe con las horas y la duración de las llamadas del implicado. Siempre, en torno al momento del accidente y sin necesidad de que sea un accidente grave.
En consecuencia, este informe no sería determinante, estaría limitado por las alegaciones del implicado. Este podrá defender que la llamada fue realizada mediante manos libres
Finalmente, tanto la DGT como los jueces involucrados en el caso, podrán estudiar el alcance del hecho e imponer las sanciones en términos administrativos y legales. Otro de los términos que la Dirección General de Tráfico pretenda elevar y que actualmente está castigado con 3 puntos y 200 euros.
Discrepancias sobre el uso del teléfono durante la conducción
En primer lugar, este acceso al registro telefónico no será determinante a efectos sancionadores. El conductor podrá presentar un recurso alegando que utilizaba el manos libres, a través del Bluetooth.
Utilizar el manos libres se encuentra dentro de los términos legales, aunque desde la DGT y la Guardia Civil se muestran en contra de su uso, aseguran que distrae más que llevar el teléfono móvil en la mano.
Las propias fabricantes de teléfonos móviles son conscientes del peligro de utilizar los dispositivos mientras se conduce. Por lo tanto, están incorporando nuevos sistemas como la respuesta automática o el modo coche.
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